Los requisitos son el precio no monetario de una TAE, y como todo precio, se negocia mal lo que no se sabe leer. Este es el catálogo de lo que el mercado español pide, ordenado por frecuencia, con la trampa típica de cada uno.
El catálogo
Nómina o ingresos domiciliados. El rey de los requisitos. La letra importante: el importe mínimo mensual, si acepta pensión o transferencia recurrente como equivalente, y desde cuándo cuenta (algunos contratos exigen dos o tres meses seguidos antes de activar el tipo). El filtro contrario tiene su propia tabla en cuentas sin nómina.
Recibos domiciliados. Un número mínimo por periodo —dos o tres al trimestre es lo común—, a veces con importe mínimo por recibo y con exclusiones: no todos los contratos cuentan igual un recibo de la luz que una suscripción de tres euros. Trampa clásica: el recibo devuelto no computa.
Uso de tarjeta. Un mínimo de compras por periodo, en número o en importe. La trampa: la retirada de cajero no suele contar como compra, y algunos contratos exigen tarjeta de crédito, no de débito.
Saldo mínimo o máximo. El mínimo condiciona la remuneración a no bajar de cierta cifra; el máximo es el tope de saldo remunerado, que técnicamente no es un requisito sino un límite, y recorta más que todos los requisitos juntos.
Antigüedad y novedad. «Solo nuevos clientes» y «primeros doce meses»: el requisito de no haber sido ya cliente, y la caducidad de la remuneración de bienvenida.
Los menores. Contratar un seguro, un plan de pensiones o mantener recibos concretos: requisitos de venta cruzada que convierten la TAE en el descuento de otro producto. Aquí la cuenta correcta es global: lo que paga la cuenta menos lo que cuesta el producto impuesto.
Cómo se comprueba un requisito, según el banco
Los contratos difieren en tres mecánicas que deciden el resultado del mes malo:
- Ventana de evaluación. ¿Se mira el mes, el trimestre, la foto del último día? Un requisito trimestral perdona un descuido; uno mensual, no.
- Efecto del incumplimiento. Lo habitual y razonable: ese periodo cobras el tipo base y al siguiente vuelves al bonificado si cumples. Lo abusivo que aún existe: perder la promoción para siempre o activar comisiones retroactivas, el doble castigo descrito en cuentas sin comisiones.
- Aviso. Casi ningún banco avisa de que estás a punto de incumplir. El recordatorio en el calendario el día 20 es tecnología suficiente.
Dónde están escritos, exactamente
Por orden de autoridad: el contrato manda; la información precontractual lo resume con obligación legal de ser fiel; el asterisco de la publicidad apunta a ambos. Las frases que hay que buscar: «condiciones de bonificación», «requisitos de remuneración», «tipo aplicable en caso de incumplimiento». Quince minutos con el método de la letra pequeña valen la TAE entera del primer año.
Preguntas frecuentes
¿Pueden cambiarme los requisitos después de contratar?
Pueden, comunicándolo con la antelación contractual, y tú puedes irte sin coste. Es la misma regla que con el tipo: en cuentas todo es revisable, y la defensa es la movilidad, no el contrato.
¿La pensión cuenta como nómina?
En la mayoría de contratos, sí: la fórmula habitual es «nómina o pensión» con un mínimo mensual, la ventaja del perfil que describe dónde ahorrar siendo jubilado. Confírmalo en la letra, no en la publicidad.
Fallé un requisito un mes, ¿pierdo todo?
Depende del contrato: lo estándar es cobrar ese periodo al tipo base y recuperarte al siguiente. Revisa la cláusula de incumplimiento antes de contratar: es la diferencia entre un descuido de céntimos y perder la promoción entera.
¿Hay requisitos que valga la pena aceptar?
Los que ya cumples gratis: si tus recibos van a vivir en algún sitio de todos modos y la entidad te encaja como banco principal, cobrar por ellos es dinero regalado. El error es fabricar vinculación artificial —seguros que no necesitas, tarjetas que no usarás— para perseguir una TAE: eso es comprar caro un número bonito.