Un fondo de garantía de depósitos es un seguro obligatorio del sistema bancario: lo pagan las entidades con aportaciones periódicas, y sirve para que si una deja de poder devolver el dinero, los depositantes lo recuperen sin esperar a un concurso.
En España lo gestiona el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito. En el resto de la Unión Europea hay uno equivalente por país, todos con el mismo límite, y ahí está el detalle que más decisiones cambia.
Lo que hay que saber, en cuatro frases
El límite son 100.000 € por depositante y por entidad. No por cuenta, no por producto y no por sucursal.
Se suma todo lo que tengas en esa entidad. Cuenta corriente, cuenta remunerada y depósitos: el tope se aplica al total. Cómo se cuenta exactamente está en el límite de 100.000 euros.
El plazo de pago son 7 días hábiles desde que se declara la indisponibilidad de los depósitos.
Solo cubre depósitos. Fondos de inversión, acciones, deuda subordinada, el dinero en entidades de pago y el efectivo en un bróker no lo son: lo que no cubre el fondo de garantía.
Fuente:Directiva 2014/49/UE, art. 6.1· Directiva 2014/49/UE, art. 6.1· comprobado el 7 de agosto de 2026
Quién paga: el detalle que no se ve en la web del banco
Aquí está lo que hay que entender antes de contratar en cualquier entidad que no sea un banco español clásico.
Si contratas en la SUCURSAL española de un banco con licencia en otro país de la UE, te cubre el fondo del país de origen, no el español. El fondo español actúa solo como ventanilla: paga por cuenta del fondo extranjero y con su dinero. Si contratas en una FILIAL española (una sociedad con licencia del Banco de España, aunque su matriz sea extranjera), te cubre el fondo español. La diferencia no se ve en el logo ni en la web: se comprueba en el registro de entidades del Banco de España.Traducido a lo que te afecta: el límite es el mismo, 100.000 €, en toda la UE. Lo que cambia es quién te paga, en qué idioma reclamas y cuánto tarda en la práctica. Con una sucursal española de un banco alemán, el fondo alemán paga y el español actúa solo como ventanilla.
Estos son los fondos de los países cuyos bancos operan en España:
| País | Fondo | Límite | Idioma de la reclamación |
|---|---|---|---|
| España | FGD | 100.000 € | español |
| Alemania | EdB | 100.000 € | alemán (con formularios en inglés) |
| Italia | FITD | 100.000 € | italiano |
| Portugal | FGD (PT) | 100.000 € | portugués |
| Francia | FGDR | 100.000 € | francés |
| Países Bajos | DGS (NL) | 100.000 € | neerlandés e inglés |
| Irlanda | DGS (IE) | 100.000 € | inglés |
| Lituania | IID | 100.000 € | lituano e inglés |
| Letonia | NGF | 100.000 € | letón e inglés |
| Estonia | TF | 100.000 € | estonio e inglés |
| Austria | ESA | 100.000 € | alemán |
| Malta | DCS | 100.000 € | inglés |
| Polonia | BFG | 100.000 € (paga en PLN) | polaco |
El mapa completo, con lo que implica cada caso, está en la garantía de los bancos europeos. Y cómo saber en qué figura estás contratando —que no se distingue por el logo—, en sucursal o filial de un banco extranjero.
Qué pasa de verdad si una entidad cae
El fondo de garantía es el último eslabón, no el primero. La secuencia habitual en la Unión Europea es esta:
- Se busca una solución de mercado. Lo más frecuente con creces es que otra entidad absorba a la que tiene problemas. Los depositantes no notan nada más que un cambio de logo.
- Si no hay comprador, se resuelve. Las pérdidas las absorben primero los accionistas, después los tenedores de deuda subordinada y preferentes, y después el resto de acreedores. Los depósitos garantizados están de los últimos en esa cola, y eso es exactamente para lo que se diseñó el orden.
- Si aun así los depósitos no se pueden devolver, el fondo paga hasta el límite, sin que tengas que reclamar ni justificar nada: te localiza y te abona.
Lo que se deduce de esos tres pasos es que estar por debajo del límite del fondo te pone en el sitio más protegido de la estructura de capital de un banco. Y que estar por encima te saca de ahí.
Cómo se comprueba que una entidad está cubierta
En el registro oficial de entidades del Banco de España, que dice qué licencia tiene y de qué país. No en la web de la entidad, donde una sucursal y una filial se parecen. Es una comprobación de dos minutos y está explicada paso a paso en comprobar que un banco está registrado.
Si te sales del límite, las dos salidas son aritméticas: repartir entre entidades o añadir un titular, que duplica la cobertura de esa cuenta con las consecuencias fiscales que conviene conocer: la garantía en cuentas con varios titulares.
El riesgo que el fondo no cubre
Merece la pena decirlo aquí y no en una nota al pie: el fondo te protege de que la entidad falle, no de que tu dinero pierda valor. Si tu depósito renta menos de lo que suben los precios, pierdes poder de compra con la garantía intacta. Es la razón por la que «garantizado» y «sin riesgo» no son sinónimos: rentabilidad real e inflación.
Quién paga el fondo, y por qué eso importa
No lo paga el Estado: lo pagan las propias entidades, con aportaciones periódicas calculadas sobre los depósitos que tienen y ajustadas por su perfil de riesgo. Es un seguro mutualizado del sector.
Merece la pena saberlo por dos razones. Una: el fondo no depende del presupuesto público ni de una decisión política, así que no está sujeto a que alguien decida dotarlo un año concreto. Dos: si el fondo se agotara ante una crisis muy grande, la normativa prevé aportaciones extraordinarias de las entidades y mecanismos de financiación, además de que la resolución bancaria europea está diseñada precisamente para que los depósitos garantizados no lleguen a tener que pagarse.
Eso explica también por qué el fondo cubre lo mismo en un banco pequeño que en uno grande: no es la solvencia de tu banco la que responde, es el sistema.
Cuándo revisar tu cobertura
No es una comprobación de una vez. Hay cinco momentos en los que conviene volver a mirarla, porque en todos ellos cambia algo sin que tú hagas nada:
- Cuando entra dinero de golpe: una venta, una herencia, una indemnización.
- Cuando vence un depósito y lo renuevas, si los intereses acumulados te acercan al tope.
- Cuando cambia la titularidad de una cuenta, incluido añadir o quitar un titular.
- Cuando tu entidad se fusiona o es absorbida. Dos entidades que eran dos límites pueden convertirse en una sola licencia y un solo límite, y es el caso que más gente pilla desprevenida.
- Cuando la entidad se reorganiza, porque una filial puede pasar a sucursal y cambiarte el fondo que responde: sucursal o filial.
Preguntas frecuentes
¿Los 100.000 euros son por cuenta o por persona?
Por persona y por entidad. Si tienes tres productos en el mismo banco, se suman los tres y el límite sigue siendo 100.000 €. Si tienes 100.000 € en dos bancos distintos, están cubiertos los 200.000.
¿Cubre también los intereses?
Cubre el saldo garantizado, que incluye los intereses devengados hasta la fecha en que se declara la indisponibilidad, siempre dentro del límite. Si el principal ya está en el tope, los intereses de la parte que excede no están cubiertos.
¿Tengo que pedirlo yo?
No. El fondo trabaja con los datos de la entidad y localiza a los depositantes para abonarles el importe garantizado en el plazo legal. Si el fondo es de otro país de la UE, el fondo español actúa como ventanilla, aunque el dinero sea del extranjero.
¿Está cubierto el dinero que tengo en una aplicación de pagos?
Si la entidad no es un banco, no. Las entidades de pago y de dinero electrónico no están en ningún fondo de garantía de depósitos: su obligación es la salvaguarda de fondos, que consiste en mantener tu dinero separado en una cuenta de un banco. Protege, pero no es lo mismo ni tiene el plazo de siete días.